El análisis de riesgos se puede llevar a cabo mediante cálculos o mediciones realizados de acuerdo con las normas aplicables más recientes de las comisiones técnicas y organismos de normalización nacionales e internacionales, como la Comisión Electrotécnica Internacional (IEC), la Comisión Internacional de la Iluminación (CIE), el Comité Europeo de Normalización (CEN), vigentes en la Unión Europea. Para cada sistema calculamos:
Estos parámetros determinan la selección de los productos de seguridad y las gafas de protección adecuados que se deben utilizar.
El análisis de los riesgos de los sistemas láser y sistemas emisores de luz es una exigencia del artículo 6 del Real Decreto 486/2010 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a radiaciones ópticas artificiales.